Reglamento
Capítulo I. Disposiciones generales
Artículo 1º
El presente Reglamento tiene como propósito establecer los objetivos, la estructura y operación del Sistema de Bibliotecas de la Escuela Nacional Preparatoria (ENP) de conformidad con lo establecido en el Artículo 4° del Reglamento General del Sistema Bibliotecario y de Información de la Universidad Nacional Autónoma de México.
El presente Reglamento es de orden interno y de carácter obligatorio para todos los usuarios y los responsables de la administración, custodia y préstamo del acervo de las bibliotecas de la ENP.
Artículo 2°
El Sistema de Bibliotecas de la ENP es el conjunto de unidades de información constituido por las bibliotecas de los nueve planteles y la biblioteca de la Dirección General de la ENP.
La Coordinación de Bibliotecas de la ENP, la Secretaría Académica de los planteles y las Comisiones de Bibliotecas coordinan y apoyan la gestión de las bibliotecas.